Para que una beca de estudio recibida este exenta de tributación en IRPF, deben ser consideradas como becas públicas concedidas por organismos públicos o por fundaciones o asociaciones sin ánimo de lucro.
Las becas que estarían exentas son las siguientes:
1. Las recibidas para cursar estudios reglados en España o en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo y para la adquisición del material escolar necesario.
2. Las becas concedidas para investigación. Dentro de este tipo se encuadran aquellas concedidas bajo el Real Decreto 63/2.003 de 24 de octubre.
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Las becas que estarían exentas son las siguientes:
1. Las recibidas para cursar estudios reglados en España o en el extranjero, en todos los niveles y grados del sistema educativo y para la adquisición del material escolar necesario.
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