tag:blogger.com,1999:blog-29519991.post1578314936481443693..comments2023-09-06T08:18:26.603+02:00Comments on ContaFisca: Los trabajadores temporales sin los 400 eurosUnknownnoreply@blogger.comBlogger5125tag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-32428138889991763522010-12-11T16:07:32.605+01:002010-12-11T16:07:32.605+01:00A un trabajador con contrato temporal inferior a 1...A un trabajador con contrato temporal inferior a 12 meses, se le estará reteniendo el mínimo el 2 %, tipo de retención que según aprobó el Gobierno no da derecho a la devolución de las retenciones en nómina, teniendo que acudir a la declaración de la renta para saber si va a recibir o no los 400 euros,¿se quedan sin los 400 euros frente al resto de trabajadores que si lo recibirán?.<br><br>La deducción no viene porque le retengan o no, sino que en principio se tiene derecho si el tipo de retención es superior al mínimo del 2 %, por lo tanto en principio todos los trabajadores con un tipo de retención superior al 2 % recibirán la devolución.<br><br>Queda claro que para recibir la devolución antes debe ser retenido, por lo que no comprendo los términos de "si no tiene suficiente retención, no tiene deducción", si le retienen en principio tiene deducción, la retención no determina la devolución, sino el tipo de retención.<br><br>El tipo de retención como deja entrever va en función del sueldo recibido, obviando las circunstancias familiares que son las que determinan un mayor tipo de retención.<br><br>Matizar que en los convenios colectivos pocos fijan sueldos de mileruista, teniendo los trabajadores que trabajar horas "extras" para poder llegar a esos sueldos.xtrexhttp://www.blogger.com/profile/07001978150478927279noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-57182253343347231722010-12-11T16:07:32.208+01:002010-12-11T16:07:32.208+01:00Corrección: si no tiene suficiente retención, no t...Corrección: si no tiene suficiente retención, no tiene ANTICIPO de deducción. <br>Es decir, no tiene la posibilidad de que la empresa le anticipe los 400 Euros.<br>Insisto en que este post, lleva a confusión al decir que los temporales no tendrán los 400 Euros.sansanhttp://www.blogger.com/profile/16482051557647765460noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-70548606501609210642008-07-22T09:39:00.000+02:002008-07-22T09:39:00.000+02:00Corrección: si no tiene suficiente retención, no t...Corrección: si no tiene suficiente retención, no tiene ANTICIPO de deducción. <BR/>Es decir, no tiene la posibilidad de que la empresa le anticipe los 400 Euros.<BR/>Insisto en que este post, lleva a confusión al decir que los temporales no tendrán los 400 Euros.sansanhttps://www.blogger.com/profile/16482051557647765460noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-72054553790372789472008-07-20T16:45:00.000+02:002008-07-20T16:45:00.000+02:00A un trabajador con contrato temporal inferior a 1...A un trabajador con contrato temporal inferior a 12 meses, se le estará reteniendo el mínimo el 2 %, tipo de retención que según aprobó el Gobierno no da derecho a la devolución de las retenciones en nómina, teniendo que acudir a la declaración de la renta para saber si va a recibir o no los 400 euros,¿se quedan sin los 400 euros frente al resto de trabajadores que si lo recibirán?.<BR/><BR/>La deducción no viene porque le retengan o no, sino que en principio se tiene derecho si el tipo de retención es superior al mínimo del 2 %, por lo tanto en principio todos los trabajadores con un tipo de retención superior al 2 % recibirán la devolución.<BR/><BR/>Queda claro que para recibir la devolución antes debe ser retenido, por lo que no comprendo los términos de "si no tiene suficiente retención, no tiene deducción", si le retienen en principio tiene deducción, la retención no determina la devolución, sino el tipo de retención.<BR/><BR/>El tipo de retención como deja entrever va en función del sueldo recibido, obviando las circunstancias familiares que son las que determinan un mayor tipo de retención.<BR/><BR/>Matizar que en los convenios colectivos pocos fijan sueldos de mileruista, teniendo los trabajadores que trabajar horas "extras" para poder llegar a esos sueldos.contafiscahttps://www.blogger.com/profile/07001978150478927279noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-87425620484934954122008-07-18T09:42:00.000+02:002008-07-18T09:42:00.000+02:00No es correcto decir que los temporales se quedará...No es correcto decir que los temporales se quedarán sin los 400 Euros. Creo que este post lleva al error a cualquier lector poco informado. Y se supone que estamos en un blog para informarnos!!!<BR/><BR/>Por un lado, decir que no sólo se mantiene el mínimo del 2% para contratos inferiores al año, sino que también se mantiene el mínimo del 15% para administradores.<BR/><BR/>La deducción de los 400 Euros en cuota, se aplica como una regularización del tipo de retención. Es decir, que el empleado lo disfruta como una menor retención en sus cobros de junio a diciembre. Pero aquellos cuya retención no es suficiente (menos de 400 euros en el segundo semestre), no se verán beneficiados de forma anticipada. SEAN TEMPORALES O FIJOS, SI NO TIENEN SUFICIENTE RETENCION, NO TIENEN DEDUCCIÓN.<BR/><BR/>Aunque siempre se puede hacer la declaración de la renta del 2008, en dónde si queda deducción pendiente, se aplica.<BR/><BR/>Conclusión, el mínimo del 2%, de cara al anticipo de la deducción, sólo afecta en un 2%, a aquellos empleados cuyo tipo de retención de regularización nuevo, se quede en el 1% o el 0%. Pero para todo el resto, que tiene un tipo de retención superior (aqui se incluyen sobradamente a todos los mileuristas), no se ven afectados.sansanhttps://www.blogger.com/profile/16482051557647765460noreply@blogger.com