tag:blogger.com,1999:blog-29519991.post115823447590507828..comments2023-09-06T08:18:26.603+02:00Comments on ContaFisca: Contabilizar un préstamoUnknownnoreply@blogger.comBlogger12125tag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-63159879748787314802013-03-03T12:31:16.133+01:002013-03-03T12:31:16.133+01:00Buenos días,
La mecánica para las pymes españolas...Buenos días,<br /><br />La mecánica para las pymes españolas es la misma, tan sólo se ha cambiado el número de cuenta, por lo menos en España.<br /><br />Gracias por visitar el blog.contafiscahttps://www.blogger.com/profile/07001978150478927279noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-19798301947041738012013-03-03T12:15:23.523+01:002013-03-03T12:15:23.523+01:00Entrada desactualizada, la mecánica cambió en 2008...Entrada desactualizada, la mecánica cambió en 2008Rolo Tomasihttps://www.blogger.com/profile/02940527676059847691noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-68981630551863559992010-12-11T16:13:50.511+01:002010-12-11T16:13:50.511+01:00Una duda que me surge al contabilizar un préstamo,...Una duda que me surge al contabilizar un préstamo, la cantidad que llevamos a la cuenta (520)Deudas a corto plazo, es el importe que se va a pagar durante el ejercicio, o durante un año? Me explico, si se formaliza el préstamo en Abril, llevaremos a esta cuenta el importe hasta diciembre, o el importe de Abril a Abril?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-63211024499641206582010-12-11T16:13:50.346+01:002010-12-11T16:13:50.346+01:00Buenas tardes a todos, he visto el comentario y me...Buenas tardes a todos, he visto el comentario y me gustaria dar mi opinion si me lo permiten.<br><br>En primer lugar yo no recomiendo que se habra una contabilidad del 2007 ya cerrada, con todos sus impuestos presentados y con las cuentas anuales si es una sociedad ya presetadas.<br><br>Me imagino que aunque el prestamo no estubiese correctamente contabilizado, la cuenta del banco tiene que estar cuadrada a 31/12/2007, lo cual supone que las cuotas estan contabilizadas, por lo menos lo que se refiere al importe que sale del banco.<br>El capital amortizado y los intereses, me imagino que si no se sabia de que era, se habrá metido en una la 555/553 o 4109, por lo que estas cuentas tendrán saldo.<br><br>Yo entiendo que lo que se debe haceres a fecha 01/01/2008 es introducir un asiento de regularizacion del prestamo, habriendo la cuenta 170 con el saldo inicial y luego abonando en ese mismo asiento el importe amortizado durante el 2007 para que el saldo de la 170 quede tal y como deberia ser a 01/01/2008. Para ello descargaria la cuenta 170 contra la que hayamos usado en el 2007 (es decir 555/4109/553, la que fuese) y los intereses del 2007, los daría por perdidos metiendolos como gastos de ejercicios anteriores en la 113.<br><br>Digo todo esto, ya que una contabilidad del 2007 ya no se puede abrir, tenemos un Impuesto de Sociedades presentado, que es correcto que se puede presentar una complementaria (sancion al canto y probable inspección), ademas deberiamos tener en el registro ya depositadas las cuentas anuales y la legalización de libros.<br><br>Vamos que yo por un mes no me la juego con Hacienda.Fco, Clementehttp://www.blogger.com/profile/02433755236558516513noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-77473262885059887982010-12-11T16:13:50.074+01:002010-12-11T16:13:50.074+01:00No queda más remedio que contabilizar el préstamo ...No queda más remedio que contabilizar el préstamo desde el primer momento, habrá que reabrir la contabilidad del año 2.007 para contabilizar los apuntes y presentar una sustitutiva del impuesto de Sociedades, ya que si realiza los asientos durante el año 2.008, no podrá deducirse el gasto por los intereses que correspondan al año 2.007 en el año 2.008.xtrexhttp://www.blogger.com/profile/07001978150478927279noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-37838859106616103962009-03-09T17:09:00.000+01:002009-03-09T17:09:00.000+01:00Buenas tardes a todos, he visto el comentario y me...Buenas tardes a todos, he visto el comentario y me gustaria dar mi opinion si me lo permiten.<BR/><BR/>En primer lugar yo no recomiendo que se habra una contabilidad del 2007 ya cerrada, con todos sus impuestos presentados y con las cuentas anuales si es una sociedad ya presetadas.<BR/><BR/>Me imagino que aunque el prestamo no estubiese correctamente contabilizado, la cuenta del banco tiene que estar cuadrada a 31/12/2007, lo cual supone que las cuotas estan contabilizadas, por lo menos lo que se refiere al importe que sale del banco.<BR/>El capital amortizado y los intereses, me imagino que si no se sabia de que era, se habrá metido en una la 555/553 o 4109, por lo que estas cuentas tendrán saldo.<BR/><BR/>Yo entiendo que lo que se debe haceres a fecha 01/01/2008 es introducir un asiento de regularizacion del prestamo, habriendo la cuenta 170 con el saldo inicial y luego abonando en ese mismo asiento el importe amortizado durante el 2007 para que el saldo de la 170 quede tal y como deberia ser a 01/01/2008. Para ello descargaria la cuenta 170 contra la que hayamos usado en el 2007 (es decir 555/4109/553, la que fuese) y los intereses del 2007, los daría por perdidos metiendolos como gastos de ejercicios anteriores en la 113.<BR/><BR/>Digo todo esto, ya que una contabilidad del 2007 ya no se puede abrir, tenemos un Impuesto de Sociedades presentado, que es correcto que se puede presentar una complementaria (sancion al canto y probable inspección), ademas deberiamos tener en el registro ya depositadas las cuentas anuales y la legalización de libros.<BR/><BR/>Vamos que yo por un mes no me la juego con Hacienda.Blackdoshttps://www.blogger.com/profile/02433755236558516513noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-77400213381311571342009-02-08T22:40:00.000+01:002009-02-08T22:40:00.000+01:00No queda más remedio que contabilizar el préstamo ...No queda más remedio que contabilizar el préstamo desde el primer momento, habrá que reabrir la contabilidad del año 2.007 para contabilizar los apuntes y presentar una sustitutiva del impuesto de Sociedades, ya que si realiza los asientos durante el año 2.008, no podrá deducirse el gasto por los intereses que correspondan al año 2.007 en el año 2.008.contafiscahttps://www.blogger.com/profile/07001978150478927279noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-22974016145524400672009-02-04T09:34:00.000+01:002009-02-04T09:34:00.000+01:00buenas; a ver si me podrian explicar como hacer el...buenas; a ver si me podrian explicar como hacer el asiento inicial de un prestamo que se concedio en diciembre de 2007 y todavia no se ha contabilizado. El año 2007 esta cerrado y mi duda es como poder hacerlo para que no m afecte a la cuenta del banco.GraciasAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-53871551797846125842008-10-28T23:22:00.000+01:002008-10-28T23:22:00.000+01:00La cuenta (270) desde el 1 de enero de 2.008 no pu...La cuenta (270) desde el 1 de enero de 2.008 no puede ser utilizada ya que los gastos se recogen directamente en la cuenta de gastos que corresponda.contafiscahttps://www.blogger.com/profile/07001978150478927279noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-40764962603751255792008-10-28T16:29:00.000+01:002008-10-28T16:29:00.000+01:00Tengo una duda con lo que enuncias.Me parece corre...Tengo una duda con lo que enuncias.<BR/><BR/>Me parece correcto que se utilice la cuenta 270 los gastos de creación del crédito sin embargo para los gastos notariales... ¿no será mas bien la cuenta 62X servicios profesionales independientes? y que además, esos gastos notariales ¿tendrían iva?Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-57498128968448306092007-12-19T22:25:00.000+01:002007-12-19T22:25:00.000+01:00Es el importe que se abonará durante el año.Es el importe que se abonará durante el año.contafiscahttps://www.blogger.com/profile/07001978150478927279noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-29519991.post-25127347727418395352007-12-18T23:56:00.000+01:002007-12-18T23:56:00.000+01:00Una duda que me surge al contabilizar un préstamo,...Una duda que me surge al contabilizar un préstamo, la cantidad que llevamos a la cuenta (520)Deudas a corto plazo, es el importe que se va a pagar durante el ejercicio, o durante un año? Me explico, si se formaliza el préstamo en Abril, llevaremos a esta cuenta el importe hasta diciembre, o el importe de Abril a Abril?Anonymousnoreply@blogger.com