Nuevos modelos 036 y 037

09 enero 2015

Las principales modificaciones que sufren estos modelos son:

1.- Nuevos supuestos de aplicación de la "regla de inversión del sujeto pasivo".
A partir de ahora los revendores de productos tecnológicos, como teléfonos móviles, consolas, ordenadores portátiles y tabletas electrónicas, deberán comunicar a la AEAT su condición de revendedores cuando vayan a iniciar su actividad o durante el mes de noviembre del año anterior al que vaya a surtir efectos.
En el presente ejercicio, se podrá presentar el modelo de declaración censal hasta el 31 de marzo del año 2.015 comunicando el alta como revendedor.

2.- Cambios en el Régimen especial de las Agencias de Viaje.
Se suprime la opción de determinar la base imponible de forma global, pasando a determinarse operación por operación la base imponible.

3.- Importadores con un periodo de liquidación mensual podrán incluir en su declaración de IVA las liquidaciones realizadas por el Departamento de Aduanas.
Para ello se exige que tributen al estado, dejando fuera, en principio a las administraciones tributarias forales y canaria y a los contribuyentes que tributen en las mismas.
Los contribuyentes que deseen acogerse a esta opción tendrán hasta el próximo 31 de enero de 2.015 para realizarlo.

4.-  Se modifica el modelo 036 eliminando en el apartado Otros Impuestos, las referencias al Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos, ya que el mismo se encuentra eliminado.

5.- Se añade las referencias a la obligación de presentar el Impuesto sobre Electricidad.

6.- Dentro del apartado Otros Impuestos, se crea el subapartado referente a los Impuestos Medioambientales, incorporando la obligación de presentar la autoliquidación por el Impuesto sobre el valor de la producción de energía eléctrica.

7.- Se crean dos nuevas casillas para identificar el país de residencia del contribuyente y la otra para incluir la referencia catastral del inmueble donde el contribuyente tenga su residencia fiscal.


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