Suministro Inmediato de Información, el IVA que viene

29 octubre 2014

La Agencia Tributaria implementará el próximo 1 de enero del año 2.017 un nuevo sistema para la gestión del IVA denominado Suministro Inmediato de Información (SII).

El período tan amplio de tiempo hasta su implantación servirá para desarrollar las leyes que lo desarrollen, permitirá a la Agencia Tributaria adaptar sus sistemas informáticos a la gran cantidad de datos que recibirá y permitir a las compañías de software adaptar sus programas informáticos a este nuevo sistema.

Este sistema según estima la AEAT será obligatorio para unas 62.000 empresas, formado sobre todo por las grandes empresas de este país, grupos societarios y contribuyentes inscritos en el régimen de devolución mensual de IVA. El resto de contribuyentes tienen en principio la posibilidad o no de incorporarse a este nuevo sistema, no teniendo el carácter de obligatorio para las empresas que no se encuadren en los supuestos anteriores.

El nuevo sistema de información va a obligar a las empresas acogidas a el, al envío automático de los registros de facturas emitidas y recibidas, ya que únicamente se van a disponer de cuatro días desde que emita o reciba la factura para comunicárselo a la Agencia Tributaria.

La información que se remitirá será la referente a los datos de las facturas tanto recibidas como emitidas.

Con los datos fiscales recibidos por parte de los contribuyentes, la AEAT podrá emitir un borrador con la declaración de IVA a presentar por parte del contribuyente. Para facilitar la comprobación por parte del contribuyente del borrador que genere la AEAT, esta otorgará al contribuyente un plazo de treinta días para que compruebe los datos de la declaración a presentar.

A su vez este sistema servirá al contribuyente para comprobar si la AEAT dispone de información sobre facturas recibidas que el contribuyente aún no tenga en su poder y pueda solicitar a su proveedor para deducirse ese IVA.

Este sistema tiene la gran ventaja de que quien se acoja a el ya no tendrá que presentar los modelos 340, 347 y 390, porque la AEAT dispondrá de toda la información referente a los mismos.

Como inconveniente que se observa es que va hacer que muchos contribuyentes que estén inscritos en el registro mensual de devolución de IVA que ante los nuevos trámites y controles establecido por parte de la AEAT valorarán si les interesa sufrir este mayor control o pasar a tributar como lo hacen la mayoría de las empresas españolas, trimestralmente.



En ContaFisca | 
Vía | AEAT
Imagen | 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah