Regularizar pensiones recibidas del extranjero en el IRPF

04 agosto 2014

Hogar del pensionista

El pasado viernes 1 de agosto se aprobó en Consejo de Ministros mediante una disposición introducida en el proyecto de Reforma del IRPF la apertura de un período de seis meses que se iniciaría el 1 de enero del año 2.015 para que los pensionistas que reciban alguna prestación procedentes de otros países procedan a regularizar su situación tributaria con la Agencia Tributaria.

Esta regularización podrá realizarse tanto por españoles que reciban prestaciones del extranjero como extranjeros que residan en nuestro país y reciban pensiones de su países de origen.

Gracias al intercambio de información con otros países la Agencia Tributaria había detectado una bolsa de contribuyentes que no declaraban en sus declaraciones las pensiones que recibían del extranjero.

El Gobierno se ampara en que los pensionistas al ser personas mayores y tras pasar largos períodos de tiempo en el extranjero no tienen porque conocer ni estar al día de la legislación en materia de impuestos en nuestro país.

Durante los seis meses que abarcará el período de regularización, desde el 1 de enero al 30 de junio del año 2.015, los pensionistas podrán regularizar su situación tributaria mediante la presentación de declaraciones complementarias correspondientes a los ejercicios no prescritos y durante los cuales hayan recibido algún tipo de pensión procedente del extranjero. La presentación de este tipo de declaración evitará las sanciones por parte de la Agencia Tributaria al presentar declaraciones fuera de plazo, pero sólo en este caso, no podrá evitar que en el caso de inspecciones al contribuyente si este ha ocultado datos fiscales se le sancione por los mismos.

Aquellos contribuyentes que como consecuencia de una inspección tributaria se han visto obligados a regularizar su situación y se les ha impuesto una sanción, podrán exigir que se les devuelva de oficio la misma.

Vía | Expansión
Imagen | FXW

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