IRPF y deducción por alquiler

03 julio 2014

Alquiler

A partir del año 2.015 ya no será posible realizar deducción en concepto de alquiler en el IRPF para todos los contratos firmados a partir de esta fecha.

Hacienda justifica la supresión de esta deducción en que quiere igualar el tratamiento que da a los propietarios de vivienda que ya no pueden deducirse por la misma y a los contribuyentes que deciden alquilar su vivienda.

Como ya ocurrió cuando se eliminó la deducción por adquisición de la vivienda habitual, la Agencia Tributaria ha decidido establecer un régimen transitorio para mantener el derecho a las deducciones de todos aquellos alquileres firmados con anterioridad al año 2.015.

A partir del año 2.015 se eliminará el derecho a la exención del 100 % en los rendimientos obtenidos si el inquilino tiene una edad inferior a 30 años.

También disminuye la exención en las rentas que obtienen los propietarios, pasando del actual 60 % al 50 % a partir del 1 de enero del año 2.015.

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Vía | Expansión
Imagen | Daniel Lobo
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