Cotización a la Seguridad Social a 100 euros

05 marzo 2014

Rebajas de invierno

Mariano Rajoy anunció la semana pasada en materia laboral una noticia "bomba" con el objetivo de incrementar el empleo en este país. Las empresas que contrataran personal de carácter fijo tendrían derecho a cotizar sólo 100 euros al mes por contingencias comunes.

Desde el pasado 25 de febrero cualquier empresa que contrate a un trabajador siempre de manera fija y durante dos años tendrá derecho a la citada rebaja en la cotización por contingencias comunes, siempre que esta contratación de nuevo personal implique el aumento de la plantilla en la empresa.

No será necesario realizar el contrato a jornada completa sino que los contratos realizados a jornada parcial también se verán beneficiados por esta bonificación
, pero como consecuencia de las menores horas de contratación, la bonificación también se verá reducida, pudiendo quedarse en sólo 50 euros si se contrata a la persona por media jornada.

La reducción de la cotización por contingencias comunes sólo se aplicará durante los dos primeros años, pero el tercer año si la empresa tiene menos de 10 trabajadores se podrá seguir beneficiando durante el tercer año de una reducción del 50 % en la cotización por contingencias comunes.

Para poderse acoger a esta bonificación las empresa no podrán haber despedido improcedentemente a ninguno de sus trabajadores en los seis meses anteriores.a la celebración del nuevo contrato acogido a la bonificación. También será requisito estar al corriente de pago tanto con la Seguridad Social como con La Agencia Tributaria.

De manera transitoria se establece que las empresas que hayan procedido a despedir improcedentemente a alguno de sus trabajadores antes del 25 de febrero podrán acogerse a esta reducción. 

En el caso de que el trabajador fuera despedido antes de los tres años, las empresas estarán obligadas a devolver la bonificación recibida y cotizar en su integridad por el trabajador.

Para los empresarios que estén pensando en pasar a sus trabajadores temporales a fijos y acogerse a esta bonificación, la Seguridad Social recuerda que esa conversión no implica aumento de la plantilla y que por lo tanto no podrán acogerse a la reducción en la cotización, si quieren acogerse a la reducción se verán obligados a contratar a un nuevo empleado aunque sea temporal.


En ContaFisca | 
Vía | Expansión
Imagen | Auggie Tolosa

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