El ICAC ha sacado una resolución publicada en el BOE sobre cómo debe valorarse y registrarse el inmovilizado intangible, así como la información que debe de recogerse en la memoria de las cuentas anuales sobre el mismo.
El actual inmovilizado intangible equivaldría al antiguo inmovilizado inmaterial.
Dentro del inmovilizado intangible se suele incluir:
- Investigación y desarrollo
- Propiedad industrial
- Propiedad intelectual
- Derechos de traspaso
- Concesiones administrativas
- Aplicaciones informáticas
Recordemos que las operaciones de leasing o arrendamiento financiero con la entrada en vigor del actual Plan General Contable dejaron de considerarse inmovilizado intangible y pasaron a contabilizarse dentro del grupo de inmovilizado material.
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