Indemnizaciones de un millón sin reducción en IRPF

05 diciembre 2012



El Gobierno ha legislado respecto a las indemnizaciones multimillonarias que reciben los directivos de las grandes empresas en este país.

A partir de ahora dejarán de tener la reducción del 40 % en el IRPF cuando la indemnización supere el millón de euros, pero mientras la indemnización sea inferior a los 700.000 euros aún podrán mantenerla. Hasta 300.000 euros se mantendrá la reducción del 40 % y los restantes 400.000 euros irán al tipo marginal de cada contribuyente. En cambio si la indemnización se encuentra entre 700.000 y 1.000.000 de euros, la reducción del 40 % deberá calcularse restando la cantidad a 700.000 euros. 

Pongamos un ejemplo para entenderlo mejor:

Indemnización de 900.000 euros.

Restamos los 900.000 a 700.000 = 200.000 euros

300.000 - 200.000 = 100.000

Sobre 100.000 euros existirá la reducción del 40 %, el resto, 800.000 euros irá al tipo marginal del contribuyente.

En el Impuesto de Sociedades las empresas que abonen indemnizaciones superiores al millón de euros no podrán deducírselo.

Este cambio en la normativa entrará en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2.013.

En ContaFisca | 
Vía | 
Imagen | Andrés Moreno

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