Los datos almacenados en un ordenador son personales

23 noviembre 2011



Las empresas a partir de ahora deberán tener mucho cuidado con la vigilancia que realizan del uso que realizan sus empleados en los ordenadores que ponen a su disposición para realizar su trabajo. El Tribunal Constitucional ha determinado que los datos que se almacenen en los ordenadores se consideran que forman parte de la intimidad de la persona, con lo que ya no será tan fácil que las empresas puedan controlar su uso.

El Tribunal Constitucional ha ido más allá y establece que los datos recogidos en las redes sociales, los archivos que se descarguen de internet así como las compras que se realicen electrónicamente forman parte del ámbito personal y deben ser protegidos por la Constitución.

El Tribunal basa su sentencia en que si hay que proteger los datos personales también deben protegerse cualquier dato personal que pueda estar almacenado en otro medio, en este caso en los ordenadores, pero este derecho no tendría que ser respetado si la persona estuviera cometiendo un delito, como por ejemplo poseer material pedófilo.

Así que a partir de ahora mucho ojo en las empresas porque pueden encontrarse con sentencias contrarias a la investigación "in situ" del ordenador de un trabajador, ya que podría violar el derecho a la intimidad de las personas.

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