El Gobierno dentro de la reforma laboral que ha aprobado, permite que las empresas que pasen por pérdidas económicas transitorias puedan realizar un Expediente de Regulación de Empleo, hasta antes de la reforma el ERE sólo estaba permitido para empresas que pasaran durante un largo período de tiempo por pérdidas.
Como consecuencia de esta nueva normativa las empresas que se acogan a ella indemnizaran a sus trabajadores con 20 días por año trabajado, ya que equivaldrá a un despido objetivo por causas económicas.
Las empresas no deben de pensar que les va a resultar tan fácil acogerse a esta nueva casuística de ERE, cuando soliciten el mismo deberán presentar un informe económico donde recogan los datos que justifiquen las pérdidas así como la forma en que han calculado la existencia de pérdidas transitorias durante un pequeño período de tiempo. En el caso de ser una empresa con obligación de auditar sus cuentas, deberá presentar también un informe de auditoria.
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