- Constitución a través de medios telemáticos de aquellas sociedades mercantiles cuyo capital social no supere los 30.000 euros y cuyos socios sean personas físicas que a su vez cuenten con un único administrador, dos mancomunados o varios solidarios.
- Los Notarios estarán obligados a informar a las personas interesadas en constituir una sociedad limitada de la posibilidad de realizar los trámites telemáticamente.
BOE-A-2011-9085
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