IVA en la venta de un producto médico

11 marzo 2011

Un lector del blog nos realiza la siguiente pregunta:

"En una empresa que NO se dedica a la venta de material médico y su tipo de IVA es el general 18%, debido a una oportunidad de mercado aprovechamos para realizar y ofertar a cualquier tipo de empresa en general, un equipo portátil médico al que se le aplica el 8% de iva. 

Las cuestiones son: 
1.- ¿ nos lo deben vender al 18%? 
2.- y en caso contrario (compra al 8%) ¿ nuestra venta se debe aplicar al mismo tipo de la compra (8% iva) o debemos aplicar el 18% de tipo general?. "

En referencia a la primera pregunta planteada, el tipo impositivo de IVA al que deben repercutirle la compra es al 8 %.

Al ser un producto médico al que le corresponde el tipo impositivo del 8 %, deberán poner este tipo impositivos en las facturas de venta que realicen, otro hecho es si están dado de altas en el epígrafe correspondiente para la venta de este tipo de material a través de una declaración censal modelo 036 y si reúnen los permisos oportunos para su venta.


En ContaFisca | 
Vía | 
Imagen | 
Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah