Aprobada la nueva jubilación

04 febrero 2011



La semana pasada fue noticia por la aprobación del retraso en la edad de jubilación hasta los 67 años y la exigencia de tener más años cotizados para poder cobrar el 100 % de lo que se hubiera cotizado. Esta noticia se producía unos días antes de que la canciller alemana, Angela Merkel llegara a nuestro país, con el objetivo durante seis escasas horas de vender a los mercados que España seguía siendo un país en el que se puede confiar.

Para jubilarnos a los 67 años, edad que entrará en vigor en el año 2.027 en su plenitud, se ha establecido un calendario que irá aumentando la edad de jubilación progresivamente junto con los años que se necesitan para cobrar en su integridad la pensión de jubilación.

Hasta el año 2.018 la edad de jubilación se irá incrementando en un mes, mientras que desde este año y hasta el 2.027 se incrementará por año que transcurra, dos meses.

Cada dos años que vayan transcurriendo, el período de tiempo que se necesita para tener derecho al 100 % de la pensión se irá incrementando en seis meses.

El Gobierno como no podía dejar pasar la oportunidad ha vuelto a hacer de la suyas, al introducir que las mujeres que hayan tenido hijos podrán incluir como período de cotización el tiempo que no hayan podido trabajar por cuidar de estos. También van a permitir que quien decidiera mejorar su formación pueda también computarse como período de tiempo de cotización.

El período de tiempo que se tiene en cuenta para calcular la pensión de jubilación también se ha visto elevado, pasará de los 15 años actuales a 25 años, incrementándose a partir del año 2.013 por cada año que vaya pasando en un año más.

En materia de jubilación anticipada se establece que hasta los 63 años nadie pueda jubilarse y que para ello se tengan como mínimo 33 años cotizados, el resto de prejubilaciones que no cumplan la ley irán con cargo a las empresas hasta que los trabajadores de las mismas cumplan estos mínimos.

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Imagen | Bichuas
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