Sanciones por no utilizar Con Copia Oculta en los e-mails

26 julio 2010



La Agencia de Protección de Datos esta empezando a sancionar a las empresas españolas por divulgar correos electrónicos en cadenas de mensajes y no utilizar la opción de Con Copia Oculta (CCO) que incluyen los diversos programas que existen. Un hecho tan simple, realizado a diario, como poner las direcciones electrónicas una detrás de otra es un incumplimiento de la ley.

La sanción por este olvido se encuentra entre los 600 euros y los 3.000 euros, aunque según la ley, la misma podría llegar a ser de hasta 60.000 euros. Esta sanción se basa en la revelación de datos privados que le han sido suministrados a la empresa únicamente con carácter informativo.

Cualquier persona que reciba un correo electrónico enviado a distintas direcciones y cuyos datos puedan ser vistos por los distintos recipientes del mismo puede acudir a la Agencia de Protección de Datos y presentar la oportuna denuncia por vulneración del deber de secreto que recoge el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Como hemos comentado anteriormente, si queremos evitar una sanción, deberemos utilizar en nuestro programa de envío de correos electrónicos, los campos CCO o BCC para introducir en los mismos el resto de destinatarios y de esta forma evitaremos que el resto de personas que vayan a recibir el e-mail puedan visualizar el resto de direcciones electrónicas.

Lo único bueno, es que por ahora la Agencia de Protección de Datos sólo se dedica a sancionar a las empresas y no a los particulares que "olvidan" usar el campo de con copia oculta.


En ContaFisca |

Vía | Clarin
Imagen | ww4f

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