Nueva regulación de las operaciones vinculadas

10 junio 2010

Ya anunciamos la semana pasada que Hacienda se veía obligada por las prisas de incorporar a nuestras leyes fiscales una transposición obligatoria procedente de la Unión Europea cuando apenas queda menos de un mes para el inicio de la campaña sobre el Impuesto de Sociedades y las operaciones vinculadas apenas se habían regulado, si exceptuamos para las pymes y su no obligatoriedad de declararlas si éstas no alcanzaban el valor de mercado de 100.000 euros.

Ahora ya conocemos el proyecto de Real Decreto que modificará el Impuesto de Sociedades y las operaciones vinculadas.

Para este período no es obligatorio documentar las operaciones vinculadas que no superan el importe de 250.000 euros durante el período impositivo realizadas con una persona o entidad vinculada, estas operaciones podrán haber sido realizadas tanto con nacionales como con internacionales.

Este Real Decreto no modificaré el régimen sancionador ya establecido en materia de operaciones vinculadas.

Se pretende que este Real Decreto entre en vigor con carácter retroactivo, con lo que no sería necesario documentar las operaciones vinculadas realizadas desde el 19 de febrero de 2.009, así que no habría que declararlas en el Impuesto de Sociedades a presentar en este ejercicio.

El problema que hay es que debido al poco tiempo que queda para el inicio de la campaña, en Hacienda no sabe si llegarán a tiempo para publicarlo antes del 1 de julio para que entre en vigor para esta campaña.



Vía | 
Imagen | 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son una de las partes más valiosas del Blog. Evita, por favor, las descalificaciones personales y los comentarios maleducados. Intenta mantener un ambiente agradable. Los comentarios que incumplan esas normas básicas serán eliminados. No nos hacemos responsables de las opiniones expresadas en los comentarios y no tenemos la obligación de controlar la utilización de éstos por los usuarios y ni garantizamos que se haga un uso diligente o prudente de los mismos ni podemos verificar su autenticidad.

Related Posts Plugin for WordPress, Blogger...
 
Copyright © 2015 ContaFisca
Distributed By My Blogger Themes | Design By Herdiansyah Hamzah