Hacienda no puede embargar créditos que no existen

05 marzo 2010

Si hace unas semana hablábamos de las presiones que estaban sufriendo los inspectores de la Agencia Tributaria para que aumentaran el número de inspecciones que realizan, premiándoles a final de mes con un mayor sobresueldo en sus nóminas.

Nos enteramos también de que la Agencia Tributaria pretende embargar los créditos de las empresas que tienen deudas con la Agencia, si una empresa tiene deudas con la AEAT, la AEAT esta intentando cobrar a los clientes de la empresa deudora con ella, a terceras empresas que nada tienen que ver en el proceso, bajo la premisa de que son solidarias en la deuda que se mantiene con la Agencia Tributaria.

Muchas veces la Agencia Tributaria embarga créditos que ni si quieran existen o que ya han sido liquidados.

Por ello, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, entiendo que no pueden embargarse créditos que aún no han nacido o cuya existencia es dudosa.

Pero lo que si contempla el artículo 81 del Reglamento General de Recaudación, es el embargo de los créditos que existan en la actualidad.

Vía | Expansión
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