Los discapacitados podrán jubilarse a los 58 años

16 diciembre 2009



El gobierno mediante Real Decreto ha aprobado la posibilidad de que las personas con un grado de discapacidad superior al 45 % puedan acogerse a la jubilación anticipada a partir de los 58 años, pero sólo aquellas personas cuya discapacidad se encuentre dentro de las siguientes:

Discapacidad intelectual, parálisis cerebral, anomalías genéticas, síndrome de Down, acondroplasia o fibrosis quística,..., entre otras.

Para poder acceder a esta nueva jubilación anticipada será necesario estar dado de alta o en situación asimilada, aplicándose a todos los regímenes de la Seguridad Social.

Esta medida ha sido aprobada a partir de la propuesta presentada por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad, que sugirió ya hace tiempo al gobierno que adecuará la edad de jubilación de este colectivo a la realidad, ya que estas personas presentan una esperanza de vidad inferior a lresto de trabajadores.

En ContaFisca |
Vía | Expansión
Imagen | Daquellamanera

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