Mayor desgravación por alquiler

21 mayo 2009

Seguimos desgranando las medidas anunciadas durante el Debate sobre el Estado de la Nación, en este caso toca analizar la propuesta realizada para equiparar la deducción por alquiler a la deducción por adquisición de una vivienda para el año 2.011.

En la actualidad el arrendatario o inquilino se puede deducir en la declaración de la renta el 10,05 % de hasta 9.015 euros, si la renta que percibe es inferior a 12.000 euros. Si la renta se encuentra en el tramo entre 12.000 y 24.000 euros, habrá que aplicar la siguiente fórmula:

9.015 - [0,75 x (base imponible - 12.000)]

Si el inquilino gana más de 24.000 euros, no tendrá derecho a deducirse nada por este concepto.

Para el año 2.011, lo que sucederá será que pasará de 12.000 a 17.000 euros el tope máximo, por lo que en lugar de aplicar la fórmula anteriormente comentada, pasará a tener una deducción fija del 10,05 %.

En el caso del arrendador de la vivienda, para el año 2.011, se seguirá manteniendo la exención de los ingresos que reciba en concepto de alquiler de una vivienda si su inquilino tiene una edad inferior a 35 años. Si el inquilino tiene más de 35 años, el 60 % de los ingresos recibidos por este concepto estarán libres de tributación.

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