Los límites que se han establecido para la presentación de la renta correspondiente al ejercicio 2.008 son:
- Quienes hayan recibido más de 22.000 euros brutos de salario de un sólo pagador.
Este límite también se aplica cuando se haya recibido importes de más de un pagador, si la suma de lo recibido de un segundo o sucesivos pagadores no superan los 1.500 euros.
- Límite de 11.200 euros o más cuando los importes recibidos en concepto de sueldo provengan de más de un pagador y la suma del segundo pagador y sucesivos superan los 1.500 euros anuales.
- En el caso de los ingresos procedentes de rendimientos de capital mobiliario y de ganancias patrimoniales.
Si los ingresos superan los 1.600 euros, existe obligación de presentar la declaración de la renta.
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