Borradores erróneos

22 abril 2009

Ya hemos comentado en anteriores entradas que es muy importante, imprescindible, revisar el borrador que nos remite la Agencia Tributaria, ya que puede presentar errores o puede que falten datos a incluir en la declaración y que la Agencia Tributaria no se hace cargo de los mismos, con la posible sanción que ello conllevaría y que no podría evitarse bajo la excusa de un error en el borrador emitido por la Agencia Tributaria.

Este año ha saltado la noticia de que más de 140.000 borradores emitidos por la Agencia Tributaria están erróneamente calculados, resultando un saldo a favor del contribuyente, que es erróneo, ya que la Agencia Tributaria ha realizado mal el cálculo de los 400 euros.

Los contribuyentes que no hayan recibido durante el año anterior los 400 euros a través de unas retenciones inferiores en sus nóminas, deben aplicarse en la declaración de la renta del año 2.008 a presentar durante este año 2.009 la famosa deducción.

También se ha puesto de manifiesto los posibles errores que los borradores de declaraciones conjuntas pueden contener en las deducciones por vivienda habitual, ya que estos no contendrían el total de las cantidades amortizadas por este concepto, sino la mitad.

¿Qué pasa si hemos confirmado nuestro borrador con este error de la Agencia Tributaria?.

La Agencia Tributaria muy amablemente se va a poner en contacto con los contribuyentes que hayan confirmado el mismo para presentarles una nueva declaración, eso si ya correctamente realizada e indicarles cuál es la cantidad correcta a ingresar o a devolver.

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