Recuerden que tienen hasta el 31 de marzo para presentar el modelo informativo 347 ante la Agencia Tributaria.
Para evitar posteriores requerimientos de la Agencia Tributaria por diferencias entre las cantidades declaradas por las diferentes empresas en el cruce de datos, sería conveniente ponerse en contacto telefónico, por fax o por carta con las empresas a las que vamos a declarar por haber realizado compras o ventas por importe superior a 3.005, 06 €, para informarles sobre la cifra que parece en nuestra contabilidad.
¿Por qué es conveniente perder algo de tiempo en este tema?.
Porque nos sólo afecta al modelo 347, de la información que proporcionamos a través de este modelo a la AEAT, puede comprobarse si nuestra declaración resumen anual de IVA, modelo 390, es correcta o no, únicamente casará el dato total de compras/ventas, si nuestra cifra declarada de ventas que superan los 3.005,06 € nunca podrá ser superior a la cifra declarada en el modelo 390 como base imponible+iva, si lo supera recibiremos un requerimiento para pasar a explicar esta situación anómala.
Así que es mejor perder cinco minutos que no tener que acudir a la AEAT a dar explicaciones.










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