
Real Decreto 2126/2008
Real Decreto 2.126/2.008, de 26 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento del IVA y el Reglamento General de las Actuaciones y los Procedimientos de Gestión e Inspección Tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Mediante el presente Real Decreto se crea un registro para la devolución mensual del IVA.
La inscripción en este Registro obligará a presentar la declaración del IVA telemáticamente y a su presentación mensual, así como a la presentación del modelo 340.
Las solicitudes para inscribirse en este Registro deberá presentarse durante el mes de noviembre del año anterior en el que la inscripción empezará a tener efectos, así como la solicitud de baja del mismo, que constará con fecha 1 de enero o 31 de diciembre, respectivamente. Durante el año 2.009, el plazo para la inscripción en este registro, abarca desde el 1 de enero al 20 de febrero (fecha de la presentación del modelo 303 y 340 correspondiente al mes de enero).
La inscripción en este Registro, obligará al sujeto pasivo a permanecer un año como mínimo inscrito en el mismo.
La Agencia Tributaria se ha comprometido a realizar la devolución en el plazo de 30 días, veremos si al final es capaz de cumplirlo y no alarga el período de tiempo de devolución hasta los habituales seis meses, bajo la excusa de que se está inspeccionando al contribuyente.













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