La Agencia Tributaria ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, el calendario de días inhábiles para la Administración General del estado para el año 2.009.
Se considerarán días inhábiles:
a) En todo el territorio nacional, los domingos y festivos declarados de ámbito nacional no sustituibles.
b) Los días declarados como festivos en cada Comunidad Autónoma.
c) Los días declarados como inhábiles por cada Comunidad Autónoma y los días declarados como festividades locales en la Delegación de Hacienda correspondiente donde tenga su sede.











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