Aplazamiento de impuestos

24 septiembre 2008

Llega la hora de presentar el modelo correspondiente ante la Agencia Tributaria y nos damos cuenta de que no disponemos de liquidez para hacer frente al pago del mismo, las dudas sobre como hacer frente al pago del mismo nos entran, debemos conocer que tenemos la posibilidad de solicitar el fraccionamiento o aplazamiento del mismo. El aplazamiento puede solicitarse tanto en período voluntario como en ejecutivo, una vez haya transcurrido la fecha límite para el pago del mismo.

La solicitud de aplazamiento debe realizarse ante la Agencia Tributaria y deberá ir junto con una declaración por parte del administrador de la sociedad o del autónomo, explicando las dificultades económicas o de tesorería por la que se atraviesa y la forma de hacer frente a las mismas.

Una vez presentada la solicitud, la Agencia Tributaria nos requerirá que presentemos garantías, como avales, hipotecas,..., para conceder el aplazamiento.

En el caso de que la Agencia Tributaria nos conceda el aplazamiento, se establecerá un calendario de pagos y se devengará el tipo de interés de demora correspondiente-

Si la Agencia Tributaria rechaza nuestra solicitud de aplazamiento, deberemos hacer frente al pago de la deuda en el plazo de poco más de un mes.

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