La inversión en Deuda Pública deja de tributar

07 mayo 2008

Si compramos bonos del estado y residimos en España, deberemos ingresar a la Agencia Tributaria el 18 % del rendimiento que obtengamos, en concepto de impuesto sobre rendimientos de capital mobiliario. Pero si residimos en un país de los denominados paraísos fiscales, no tendrá que ingresar ese 18 %.

Esta medida aparece recogida en el Real Decreto de medidas de impulso a la actividad económica.

Con ello, se pretende que las personas que residan en un paraíso fiscal no tengan que tributar por la adquisición de bonos del Estado u otros títulos de deuda pública.

El artículo 4 del Real Decreto de medidas de impulso a la actividad económica, modifica la Ley del Impuesto sobre no Residentes, al incluir entre los rendimientos exentos, los rendimientos y ganancias patrimoniales obtenidos a través de los países o territorios que tengan la consideración de paraíso fiscal cuando se trate de compra de renta fija.

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