Solicitar el borrador de la renta

05 marzo 2008


Desde el pasado día 3 de marzo y hasta el próximo día 25 de junio de 2.008, podrá solicitarse el borrador de la renta o IRPF, así como los datos fiscales que la Agencia Tributaria tiene sobre los contribuyentes.

Estos datos podrán ser solicitados por aquellos contribuyentes que no lo solicitaron en la declaración de la renta del año 2.007 o que no confirmaron el borrador del año 2.007.

Si el contribuyente solicitante reúne las condiciones para recibirlo, la Agencia Tributaria le remitirá a su domicilio el borrador junto a los datos fiscales que posee y que han servido para el cálculo del borrador. En el caso de no poder ser realizado el borrador de la renta, la Agencia Tributaria le remitirá los datos fiscales que obran en su poder.

Recibirán el borrador de la renta los contribuyentes que sólo tengan rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliarios sujetos a retención, Letras del Tesoro, imputación de rendimientos inmobiliarios de dos inmuebles como máximo, ganancias patrimoniales sujetas a retención y subvenciones recibidas para adquirir la vivienda habitual.

El borrador se puede solicitar a través de la página web, www.agenciatributaria.es o en los teléfonos 901 12 12 24 o 901 20 03 45.

El borrador recibido podrá ser confirmado desde el 1 de marzo hasta el 30 de junio de 2.008, o el 23 de junio si se ha domiciliado el pago.

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