TITULO: IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD
REFERENCIA: 123115-LÍMITE DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD
PREGUNTA: ¿Existe algún límite en la deducción por maternidad?
RESPUESTA:
Sí. La deducción por maternidad tendrá como límite para cada hijo las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y mutualidades devengadas en cada período impositivo con posterioridad al nacimiento o adopción. A estos efectos, se computarán las cotizaciones y cuotas por sus importes íntegros sin tener en consideración las bonificaciones que pudieran corresponder.
NORMATIVA: Artículo 83 TRLIRPF Real Decreto Legislativo 3 / 2004 , de 05 de Marzo de 2004 .
(Ver entradas anteriores sobre deducción por maternidad).
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