La retención del 1% de determinadas actividades encuadradas en módulos

05 mayo 2007

Ayer mientras contabilizaba las facturas de un cliente del sector de las artes gráficas llegó a mis manos una factura de una actividad posiblemente encuadrada en el régimen de estimación objetiva, ante la duda y dado que este proveedor no había remitido la oportuna carta indicando que se encuadraba bajo el régimen de estimación directa, recordé que hace tiempo publiqué una entrada en el blog con una dirección de la Agencia Tributaria donde poniendo el NIF y el primer apellido se conoce al instante si se le debe o no retener el 1 % al proveedor. Así que por primera vez decidí probar este sistema, introduje los datos y la mencionada página me informó que no era necesario realizar la retención ya que no se encuadraba en el régimen de estimación objetiva, el problema que vi fue que esta página no da la opción de imprimir el resultado obtenido y que el mismo tenga algún carácter de cara a posibles requerimientos de la Agencia Tributaria, ya que en el caso de que esta página por error presente una información incorrecta, ¿qué pasaría?, ¿habría sanción¿ o ¿no procedería sanción basándonos en una información proporcionada por la Agencia Tributaria?.

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2 comentarios:

  1. Anónimo5:17 p. m.

    No te da la opción de imprimir directamente, pero desde Archivo>Imprimir sí puedes hacerlo.

    Lo que ya no sé si estos documentos serán válidos en caso que planteas de un requerimiento.

    ResponderEliminar
  2. Descolorío4:11 p. m.

    No te da la opción de imprimir directamente, pero desde Archivo>Imprimir sí puedes hacerlo.

    Lo que ya no sé si estos documentos serán válidos en caso que planteas de un requerimiento.

    ResponderEliminar

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