El gobierno liberaliza la transmisión de estancos

12 enero 2007

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, y se regula el Estatuto Concesional de la Red de Expendedurías de Tabaco y Timbre.

Para ello, se adaptan las modificaciones introducidas en la Ley de Reformas para el Impulso a la Productividad, lo que supone la liberalización de la distribución y el comercio al por menor de labores de tabaco, y se desarrollan las medidas establecidas en la Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

Las modificaciones establecidas en el Real Decreto afectan tanto al mercado mayorista como al minorista, con la finalidad de introducir mejoras en la competencia y en la productividad de ambos.

Las principales medidas son las siguientes:

Comercio mayorista

  • Se eliminan la exclusividad y la necesidad de rotulación e identificación externa de los medios de transporte, así como los de almacenamiento, con el fin de facilitar la entrada de otros distribuidores.
  • Frente a la licencia de ámbito nacional, se establecen licencias para un territorio determinado.
  • Se elimina la obligación de llevar libros especiales a los mayoristas, puesto que la información ya se contiene en los libros y registros que se requieren a efectos aduaneros. En este sentido, se establece la tramitación telemática como regla general.

Comercio minorista

  • Se permite la libre transmisión de expendedurías.
  • Desaparecen las limitaciones diarias de venta, así como las que existían para el transporte de labores de tabaco.
  • Se reducen las distancias entre expendedurías a 150 metros y se amplía el ámbito de actuación para los cambios de emplazamiento.
  • Se establece el sistema de venta a través de máquinas expendedoras de tabaco para que en todo caso tengan instalado el dispositivo de limitación de venta a menores.
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